¿Tú o alguien cercano a ti se ha visto involucrado en un accidente de tráfico? Tanto si eres conductor, como acompañante o peatón, superado el susto inicial, surgen las dudas legales: ¿qué cubre el seguro obligatorio? ¿Qué daños no están cubiertos? ¿Quién puede reclamar una indemnización? ¿Cómo se debe solicitar?
Son preguntas frecuentes. Ten en cuenta que un 43% de los conductores ha sufrido algún siniestro a lo largo de su vida, según una encuesta de seguridad vial de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Sin embargo, saber qué cubre el seguro obligatorio del vehículo sigue generando mucha confusión entre los ciudadanos dada la amplia casuística que se puede dar y la complejidad de los contratos con las aseguradoras.
Y es que no es lo mismo que un coche te haya golpeado mientras cruzabas un paso de cebra, que hayas sido tú el que ha chocado contra otro vehículo por saltarte un ceda el paso. Por eso, para aclarar todas tus preguntas, te explicamos en qué consiste y qué cubre el seguro obligatorio. ¡Toma nota!
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¿Qué es el seguro obligatorio?
Antes de nada, conviene aclarar qué es el seguro obligatorio de circulación, también llamado seguro a terceros. Se trata de un seguro de responsabilidad civil que, como su propio nombre indica, debe contratarse de forma obligada si dispones de vehículo a motor, como establece el Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor. De hecho, el incumplimiento de esta exigencia legal conlleva multas que oscilan entre 601 y 3.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción, más una posible sanción administrativa, como la retirada del permiso de circulación o que la policía te requise el vehículo.
El objetivo es que este seguro cubra los daños a terceros que un conductor pueda causar al conducir un ciclomotor, coche, furgoneta, camión… De otro modo, podría darse el caso de que esa persona no tuviera capital para hacer frente a los gastos ocasionados por un siniestro y la víctima quedara desprotegida. De ahí que este seguro obligatorio sea requerido independientemente del uso que le des al vehículo. Es decir, aunque lo tengas guardado en el garaje, no estás eximido de contratarlo.
¿Qué tipo de daños en general cubre el seguro obligatorio?
El seguro obligatorio de circulación contiene unas coberturas mínimas. No obstante, cuando los vehículos son muy antiguos, su uso no es frecuente o la economía personal no está muy boyante, no es inusual contratar esta modalidad de aseguramiento. Cuando se da esta situación, ¿qué cubre el seguro obligatorio?
- Daños materiales a terceras personas. Si eres el conductor, la aseguradora se hará cargo de los gastos por los daños materiales que hayas generado. Por ejemplo, si has chocado contra un vehículo por detrás, lo que cueste arreglar el coche contra el que has colisionado será asumido por el seguro. O imagina que, por un error de cálculo, le das a la cancela de una vivienda mientras aparcabas. Este daño también es uno de los conceptos que cubre el seguro obligatorio.
- Daños personales a terceras personas. Esta misma política se extiende también a los daños personales. Así, por ejemplo, las sesiones de fisioterapia que tuvo que darse el conductor al que diste por detrás para tratar su dolor cervical será abonado por el seguro. Igual ocurre si al chocar contra la cancela también golpeaste y lesionaste a un peatón que pasaba por allí justo en ese momento. La reclamación por las lesiones correrá a cargo de la póliza.
- Daños a otros ocupantes. ¿Y qué pasa con las personas que iban en los vehículos siniestrados? ¿Qué cubre el seguro obligatorio en estos casos? Respecto a los ocupantes del vehículo no responsable del accidente, como intuirás, la aseguradora asumirá sus daños personales y materiales, pues también son considerados terceros. ¿Y qué pasa con las personas que iban contigo cuando causaste el accidente? Afortunadamente, también tendrán derecho a una indemnización por accidente a cargo de la póliza. Por ejemplo, si el móvil del copiloto se rompe como consecuencia del siniestro, podrá reclamar este gasto a la compañía.
- Otros daños. Por último, debes saber que entre los daños materiales que ocasione el conductor culpable y que son parte de lo que cubre el seguro obligatorio se encuentran también los que sufran cualquier bien de titularidad pública, como puede ser una farola o una marquesina.
¿Cuáles son los daños no cubiertos por el seguro obligatorio al causante de un accidente?
Junto a esto, es importante que sepas las limitaciones de lo que cubre el seguro obligatorio. ¿Qué gastos quedan fuera de la póliza?
- Daños materiales propios. Como conductor, si has ocasionado un accidente del que eres responsable y tu coche ha sufrido desperfectos, el coste de los arreglos correrá de tu bolsillo. En cambio, si no has sido el culpable del siniestro, será precisamente el seguro obligatorio del otro coche el que se haga cargo de las facturas.
- Daños físicos propios. Lo mismo ocurre con los daños personales que hayas podido sufrir. Si eres el causante del accidente, los gastos médicos y de recuperación que te acarree el incidente son tu responsabilidad, mientras que podrás acudir a la aseguradora del otro conductor si él ha sido el que ha originado el siniestro.
Por eso muchos conductores optan por ampliar la cobertura y, a pesar de ser algo más costoso, contratar bien un seguro a terceros ampliado —que también cubra los daños a su vehículo y a él mismo o los daños que pueda sufrir el vehículo sin que haya terceros afectados (como daño de las lunas, robo o incendio)— o bien un seguro a todo riesgo, que haga frente a los gastos ocasionados en una más amplia variedad de circunstancias.
Eso sí, conviene que le eches un vistazo a todas las condiciones del contrato, ya que las coberturas específicas pueden variar entre unas compañías y otras. Además, no te olvides de que el sentido de la normativa va actualizándose a través de las interpretaciones judiciales, por lo que un daño que no era cubierto hace unos años, quizá ahora sí pueda ser reclamable.
¿Qué hacer para reclamar la indemnización?
Ya sabes qué cubre el seguro obligatorio y qué no, pero ¿qué debes hacer en caso de verte involucrado en un accidente de tráfico de cara a una futura reclamación?
- Rellena el parte amistoso. Es recomendable que avises a las autoridades para que todos los detalles queden reflejados correctamente y no firmes nada que te perjudique posteriormente.
- Contacta con la aseguradora. El siguiente paso es contactar con la compañía de seguros para informar sobre tu intención de solicitar una indemnización. Si ibas en tu vehículo, tu aseguradora actuará de intermediaria con la del vehículo culpable. Si eres un peatón tendrás que dirigirte directamente a la compañía del vehículo responsable del siniestro. ¿Y si el accidente fue causado por un conductor desconocido o sin seguro? Dirígete entonces al Fondo de Garantía de Indemnización de Accidentes de Tráfico (FGTA).
- Recopila información. Es importante recabar toda la información relevante sobre el accidente, incluyendo la información de la policía, los testimonios de los testigos, las fotografías del lugar y cualquier otra información que pueda ser útil para su caso.
- Presenta la reclamación. Podrás hacerlo a través del formulario que te facilitará la aseguradora. Asegúrate de incluir toda la información relevante sobre el accidente y las lesiones o daños materiales, aportando la documentación acreditativa posible.
- Responde a la propuesta de indemnización. Una vez que la compañía te informe sobre la respuesta a la reclamación, deberás decidir si aceptas o no la indemnización notificada.
- Acude a la vía judicial. Si estás en desacuerdo con el importe o si la aseguradora rechaza tu solicitud de indemnización, puedes decidir ir a la vía judicial para resolver el asunto.
De ahí la importancia de contar con asesoramiento jurídico para obtener la mejor cobertura posible tras un accidente de circulación. Y es que con profesionales especializados en circulación y seguros podrás garantizar que realmente percibes una indemnización justa. Ten en cuenta que si contactas con la compañía del vehículo culpable del accidente, esta intentará minimizar el coste que le va a suponer el siniestro de su asegurado o, si reclamas ante tu compañía, siempre va a tender hacia un trato de favor respecto a la otra aseguradora y así mantener un quid pro quo para cuando la reclamación sea a la inversa.
Por ello, para asegurar el éxito de la reclamación, en Ézaro Legal contamos con un equipo legal experto en reclamaciones de daños y perjuicios por accidentes de tráfico que te aclarará qué cubre el seguro obligatorio y qué conceptos son indemnizables y se encargará de la tramitación de todo el proceso. Además, realizamos consultas virtuales por videoconferencia con la misma calidad que la consulta presencial, pero con la comodidad de hacerlo desde su domicilio, para que puedas contar con nosotros estés donde estés.