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Novedades Campaña Renta 2022

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Acerca de Ézaro Legal

Equipo de Ézaro Legal » 983 077 233 / info@ezarolegal.es

Como sabéis, el plazo para presentar la Declaración de la Renta 2022 ya ha comenzado y estará abierto hasta el próximo 30 de junio de 2023. En Ézaro Empresas te contamos las principales novedades de esta Campaña Renta 2022 para que tengas todo bajo control.

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Índice de contenidos

  • 1. Límites de ingresos
  • 2. Cheque de 200 euros y Bono Cultural
  • 3. Ayudas al Alquiler
  • 4. Ingreso Mínimo Vital
  • 5. Ampliación de las beneficiarias de la Deducción por maternidad 2020, 2021 y 2022
  • 6. Reducciones en Planes de Pensiones
  • 7. Erupción del Volcán de La Palma
  • 8. Otras Deducciones

1. Límites de ingresos

Pese a que hemos escuchado en las noticias que el Gobierno ha aprobado una serie de medidas, como la modificación de los límites de ingresos con uno y dos pagadores, esto no afectará a la Declaración de la Renta 2022, sino que habrá que esperar al próximo año para aplicar estas novedades. Este año, los límites se mantienen en 22.000 euros con un pagador y 14.000 euros con dos pagadores distintos.

Recordamos a nuestros clientes que, aunque no lleguen al límite mínimo de ingresos, siempre es una buena opción realizar la comprobación de la misma, por si se diera el caso de tener derecho a la devolución de alguna cantidad con la que no contásemos.

2. Cheque de 200 euros y Bono Cultural

El cheque de 200 euros se configuró en 2022 como una ayuda económica de pago único para personas con un bajo nivel de ingresos y patrimonio, por lo que la Agencia Tributaria nos recuerda que dicha cantidad tributa en la declaración de IRPF 2022 como una ganancia patrimonial a integrar en la Base Imponible General del impuesto siempre que se percibiera efectivamente en 2022.

Por otro lado, el Bono Cultural Jóven es una ayuda de hasta 400€ que concede el Ministerio de Cultura y Deporte para facilitar el acceso de los jóvenes a la cultura. Igualmente, esta ayuda también constituye una ganancia patrimonial que se integrará en la Base Imponible General. En este caso, no se imputará la totalidad del bono, sino solamente la parte correspondiente a los productos, servicios y actividades culturales subvencionables adquiridos en 2022.

Estas ganancias patrimoniales deberán tenerse en cuenta junto al resto de rentas obtenidas en 2022 para determinar la obligación de declarar.

3. Ayudas al Alquiler

Se trata de un tipo de ayudas públicas destinadas a personas jóvenes de hasta 35 años con el objeto de facilitar su emancipación. Constituyen una ganancia patrimonial no exenta y deberán declararse en 2022 si tuvo lugar su cobro durante ese ejercicio.

4. Ingreso Mínimo Vital

Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital están obligados a realizar la declaración de la Renta, no obstante, si han tenido acceso al Complemento de Ayuda para la Infancia en 2022 de 50 y 100 euros al mes por hijo a cargo, recordamos que estas rentas también están exentas.

5. Ampliación de las beneficiarias de la Deducción por maternidad 2020, 2021 y 2022

Se amplían los supuestos de mujeres que tienen derecho a la Deducción por maternidad durante esos 3 años, aplicándose en esta Declaración de 2022 sin necesidad de rectificar los ejercicios anteriores. Estos nuevos supuestos incluyen a las trabajadoras por cuenta propia que pasen a percibir la prestación PECATA y las trabajadoras por cuenta ajena que pasen a situación de desempleo por encontrarse en un periodo de inactividad las trabajadoras fijas-discontinuas o por haberse suspendido su contrato de trabajo consecuencia de un ERTE o por ser víctimas de violencia de género.

6. Reducciones en Planes de Pensiones

Las aportaciones anuales máximas a sistemas de previsión social durante 2022 que podrán ser reducidas en la declaración de la renta de 2022 son de 1.500 euros, ampliándose dicho límite hasta los 10.000 euros siempre que el exceso provenga de contribuciones empresariales y aportaciones del trabajador al mismo plan de pensiones.

Asimismo, los excesos que no hayan podido ser reducidos en ejercicios anteriores podrán aplicarse en 2022 teniendo en cuenta el límite máximo incrementado.

7. Erupción del Volcán de La Palma

Este ejercicio presenta novedades para los afectados por la erupción volcánica de la isla de La Palma, quienes podrán disponer anticipadamente de cantidades de sus planes de pensiones o similares con unos límites  para atender sus necesidades sobrevenidas de liquidez. En este caso, están sujetas al régimen de prestaciones de planes de pensiones, declarándose como ingreso del trabajo las cantidades cobradas en 2022.

Por otro lado, los habitantes de La Palma podrán aplicarse la deducción de prevista para los residentes de Ceuta y Melilla en 2022 y 2023. 

8. Otras Deducciones

Las deducciones por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración y la deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable seguirán aplicándose hasta 2023, y la deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial, hasta 2024.
Por último, como novedad de 2022 se fijan las actividades consideradas “prioritarias de mecenazgo” y se eleva en cinco puntos los porcentajes y los límites de la deducción por donativos.

En Ézaro Empresas podemos ayudarte. Reserva tu Consulta Virtual a través de nuestra página web en las modalidades de Declaración Individual o Declaración Conjunta y nuestros abogados y economistas especialistas se encargarán de estudiar tu caso concreto, buscar todas las deducciones y reducciones a las que puedes tener derecho y de preparar  todo lo necesario para la presentación a tiempo de tu Declaración de la Renta 2022. 

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Publicado en: Novedades Etiquetado como: Declaración Renta

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