Tienes DERECHO a reclamar los intereses abusivos cobrados por tu banco
Vamos a ayudarte a recuperar tu dinero. La valoración inicial es GRATIS.
El Tribunal Supremo ha condenado a las entidades de crédito y bancos a la devolución de los intereses en préstamos abusivos conocidos como «revolving».
Paso 1
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Paso 2
Tras estudiar en detalle tu caso, te informaremos los pasos a seguir para recuperar tu dinero.
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Nosotros nos encargamos absolutamente de todo. Hacemos que el proceso sea rápido y sencillo para nuestros clientes.
¿Por qué confiar en Ézaro Legal para reclamar tu Tarjeta Revolving?
- Somos un despacho de abogados especializados en Derecho Bancario.
- Hemos presentado con éxito cientos de reclamaciones relacionadas con la banca y entidades de crédito, como es el caso de las Tarjetas Revolving, las Cláusulas Suelo, la Comisión de Apertura y los Gastos de Formalización de las hipotecas, etc.
- Conocemos cada detalle de la ley, y eso se refleja en los resultados que conseguimos para nuestros clientes.
Información Adicional y Preguntas Frecuentes
Es muy probable que tengas una tarjeta o préstamo “revolving” y tienes derecho a reclamar a tu banco todos los intereses pagados.
El Tribunal Supremo ha condenado a las entidades de crédito y bancos a la devolución de los intereses en préstamos abusivos conocidos como “revolving” (sentencia del Tribunal Supremo de 4 de Marzo de 2020)
Esta sentencia supone que el banco está obligado a devolverte todos los intereses. No solo los abusivos… sino todos los intereses que hayas pagado.
Las denominadas “Tarjetas Revolving” son un tipo de tarjetas que lo que realmente te están ofreciendo es un crédito para el consumo.
Dicho de otra forma, son tarjetas que te permiten aplazar las compras que realizas y pagar en cómodas cuotas mensuales fijadas de antemano.
Algunas de las más conocidas son las Tarjetas Wizink y las Tarjetas Carrefour Pass.
Por ejemplo, imagina a Alberto que ha contratado una tarjeta tipo revolving y, en su contrato, dispone de un límite máximo de 2.000€/mes para sus compras, con una cuota fija mensual pactada de 200€/mes.
Un mes Alberto gasta 500€ en compras. Sin embargo, a final de mes Alberto únicamente pagará su cuota pactada de 200€. La diferencia entre los 500€ gastados y los 200€ de cuota, son 300€ que se aplazarán para el mes siguiente (generando intereses que se sumarán a los intereses del propio contrato).
Al mes siguiente, Alberto dispone de 1.000€ para pagar un imprevisto. Pero volverá a pagar 200€ a final de mes. Por tanto, ese mes acumulará una deuda de 1.000-200=800€ que se sumarán a los 300€ que debía del mes anterior.
En total, tendrá una deuda acumulada de 1.100€ (más intereses).
El problema es que cada mes se paga una cuota muy pequeña, en comparación con la deuda acumulada. Por ello, la mayor parte de la cuota se va en pagar intereses…y no en devolver la deuda.
Con un crédito revolving la sensación que se tiene es la de pagar mes a mes tu cuota, pero nunca terminar de saldar las deudas. Lo que Tribunal Supremo ha condenado es la “usura”, el carácter usurario del crédito revolving.
Imagina a Raquel, con un contrato tipo revolving desde hace 10 años. Durante este tiempo, ha realizado diversas compras: un teléfono móvil, un frigorífico, un pequeño viaje, multitud de compras en el supermercado, etc.
En total, ha gastado 4.000€ con su tarjeta en estos 10 años. En el contrato de su tarjeta figura un interés del 25% TAE y una cuota mensual pactada de 91€. Es decir, que cada mes paga 91€ independientemente de lo que haya gastado.
Pasados estos 10 años, esto es lo que le ha cobrado su banco:
– 4.000€ de las compras realizadas.
– 6.919,66€ en intereses correspondientes (25% TAE) durante todos estos años.
– 250€, correspondiente a 25€/año como cuota de emisión de la tarjeta.
En total, Raquel ha pagado a su banco 11.169,66€… por solo 4.000€ prestados.
Si en lugar de un ejemplo el de Raquel hubiera sido un caso real, querría decir que el banco tendría que devolverle a Raquel: 11.169,66€ – 4.000€ = 7.169,66€.
Esta suma podría ser mayor si Raquel hubiera contratado algún tipo de seguro de protección de pagos, o cualquier otra comisión por pago atrasado que hubiera podido producirse.
Ahí radica el problema al que apunta el Tribunal Supremo. La excesiva usura aplicada en este tipo de contratos. El Supremo no está valorando la utilidad de un préstamo personal, que nos permite realizar compras cuando no disponemos de suficiente efectivo. El Supremo condena y anula este tipo de prácticas abusivas por las entidades bancarias y de crédito.
Tal vez te estés preguntando si la tuya es una tarjeta tipo revolving (o un préstamo revolving), con condiciones abusivas. Tienes 3 formas diferentes de comprobarlo:
1) Comprobando el tipo de interés (T.A.E.) que te está aplicando el banco. Puedes verlo en los recibos que te envía el banco. Si el interés es superior al 20%, el crédito es abusivo y vas a poder reclamar.
2) Revisando el contrato del crédito. En las cláusulas del contrato se reflejan todas las condiciones del mismo, entre ellas la T.A.E. aplicada. De nuevo, si la TAE es superior al 20%, estás ante un crédito abusivo.
3) Si estás pagando mes a mes tu cuota y la deuda no desciende (o apenas lo hace), es más que probable que tengas un crédito revolving.
Estas son algunas de las tarjetas revolving más conocidas y utilizadas por los consumidores. Pero son muchas más:
– Tarjeta Wizink.
– Tarjeta Barclaycard.
– Affinity Card.
– Tarjeta Cetelem.
– Tarjeta Alcampo Oney.
– Tarjeta Carrefour Pass.
– Tarjeta IKEA.
– Tarjeta Bankintercard.
– Tarjeta Citibank.
– Tarjeta BBVA a Tu Ritmo.
– Tarjeta BBVA Después.
– Tarjeta Caixabank.
– Tarjeta El corte Inglés.
– Tarjeta Santander Consumer F.
– Tarjeta Vodafone.
– Tarjeta Eroski Red.
– Tarjeta Evo Finance.
– Tarjeta Hoist Finance.
– Tarjeta intrum.
– Tarjeta Bankia.
– Crédito Cofidis.
– Crédito Vivus.
– Crédito Creditea.
En ocasiones te resultará difícil comprobar si tienes una tarjeta revolving. Ya sea porque el banco no te haya enviado el contrato, o porque sus recibos son complejos de entender.
Nos estamos encontrando con un elevado porcentaje de clientes a los que el banco nunca les ha llegado a remitir el contrato de su préstamo, por lo que no tienen opción de comprobarlo. Y los recibos que envían a sus clientes son crípticos, complejos de entender sin cierto nivel de conocimientos técnicos.
No te preocupes. Vamos a ayudarte a saber si tienes una tarjeta o préstamo abusivo. Rellena el formulario para solicitar tu valoración gratuita.
Estos son los pasos que se siguen en el proceso de reclamación:
– Interponer una reclamación previa al banco o entidad de crédito. Para que conste fehacientemente la reclamación, hay que presentarla mediante burofax u otro medio certificado.
– El banco tiene hasta 2 meses para responder a la reclamación.
– Si el banco no responde en plazo, o responde rechazando la reclamación, la única vía posible para reclamar será la judicial. Para ello, es necesario contar con un abogado y un procurador.
No obstante, los bancos rechazan por sistema las reclamaciones, por lo que la única vía es la judicial. De hecho, tras una reclamación, el banco suele intentar la siguiente estrategia:
– Llamar al cliente para intentar convencerle que el crédito no es abusivo (y cancele la reclamación). Lo cual, en el caso de las tarjetas y préstamos revolving, no es cierto. Tal y como sentencia el Tribunal Supremo.
– Ofrecer un primer acuerdo, con una cantidad que suele rondar el 20% del total que deberían abonar a su cliente. Por ejemplo, ofrecer 500€ a un cliente al que saben que deberán devolverle un importe que rondará los 2.500€.
– Ofrecer un segundo acuerdo, con una cantidad que suele rondar el 30-35% del importe total que podría recuperar el cliente.
En ningún caso podemos recomendarte firmar un acuerdo con el banco, sin consultar antes con un abogado especializado en derecho bancario. Los acuerdos que ofrece la banca implican que renunciarás a cualquier reclamación relacionada en el futuro.
Sí, efectivamente.
Puedes reclamar aunque hayas abonado completamente tu deuda. Eso no es impedimento para realizar la reclamación y que te devuelvan lo que te corresponde.
A diferencia de despachos generalistas, en Ézaro Legal estamos especializados en Derecho Bancario.
– Somos un despacho de abogados especializados en Derecho Bancario.
– Hemos presentado con éxito cientos de reclamaciones relacionadas con la banca y entidades de crédito, como es el caso de las Tarjetas Revolving, las Cláusulas Suelo, los Gastos de Formalización de las hipotecas, etc.
– Conocemos cada detalle de la ley, y eso se refleja en los resultados que conseguimos para nuestros clientes.
Estos son los pasos que seguiremos en tu reclamación:
1.- Realizamos la reclamación previa a tu entidad bancaria.
2.- Si la respuesta del banco es negativa, redactaremos la demanda judicial. Si se celebra un juicio, iremos nosotros. Tú no tendrás que hacer nada.
3.- El análisis de su caso es completamente gratuito. No tienes que pagar nada.
4.- Cobramos un pequeño porcentaje del importe que recuperes, una vez que tengas el dinero en tu cuenta bancaria. Solo cobramos si tú cobras.