• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
Ézaro Legal

Ézaro Legal

  • Inicio
  • #Somos Ézaro
    • Socios
    • Dirección
    • Jurídico
    • Economistas
    • Paralegal
    • Ejecuciones y Facturación
    • Atención al Cliente
    • Asociados
  • Servicios
    • Tarjetas Revolving
    • Hipotecario
      • Gastos de Formalización de Hipoteca
      • Comisión de Apertura
    • Cártel de Coches
    • Cláusula Suelo
    • Otros
      • Derecho Bancario
      • Derecho Laboral y de la Seguridad Social
      • Derecho Penal
      • Derecho Administrativo y Urbanismo
      • Derecho de Familia y Sucesorio
      • Derecho Fiscal
      • Derecho Civil
  • Blog
  • Servicios Online
    • Consulta Virtual
    • Sustituciones de vistas en Derecho Bancario
  • Contacto

Resolución favorable en Ley de Segunda Oportunidad

FacebookTweetPinLinkedInShares6

Publicado por...

Avatar de David Muñoz García

Acerca de David Muñoz García

David Muñoz es Abogado especialista en Derecho Bancario. Igualmente es encargado de las ramas Fiscal y Administrativa del Despacho. » 983 985 723 (ext.4) / david@ezarolegal.es

En Ézaro Legal, nuestro compañero David Muñoz García, socio director de la firma y abogado especialista en Ley de Segunda Oportunidad, ha obtenido recientemente una resolución del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Valladolid, mediante la cual uno de nuestros clientes que en su día había contraído una serie de deudas por importe de casi medio millón de euros, ha quedado exonerado de dicha deuda al completo. 

Nuestro cliente, avalista de una empresa familiar cuyo devenir fue empeorando a lo largo de los años, se vio obligado al pago de las deudas contraídas por la empresa con diversos acreedores, deudas cuya cuantía ascendía a casi 500.000€.

Asimismo, a estas deudas derivadas del funcionamiento de la empresa, nuestro cliente debía de hacer frente a otra serie de deudas de carácter personal, algunas de las cuales tenían su origen en el ejercicio de su actividad profesional en régimen de autónomos.

Esta resolución, que ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado, es de especial transcendencia pues concede a nuestro cliente una ayuda inestimable para empezar de cero y sin cargas.

Tramitar el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad

Para tramitar el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad, ha de ponerse a disposición de los acreedores la totalidad de los bienes y activos que aún se posean, exceptuando aquellos de primera necesidad y, en el caso de los autónomos, los que sean imprescindibles para el desarrollo de la actividad profesional. 

De este modo, aun cuando la cuantía de la deuda supere el importe de todo lo que posea el solicitante, se podrá exonerar al deudor del pasivo insatisfecho.

Gracias a esta Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, son muchas las personas físicas, tanto particulares como autónomos, las que, al igual que nuestro cliente, han conseguido obtener la exoneración de aquellas deudas cuya satisfacción en un principio parecía totalmente imposible y que, sin embargo, han terminado por desaparecer para así otorgar al interesado una mayor estabilidad financiera libre de las cargas y del estrés derivado de la grave situación de insolvencia que motivó el mecanismo de segunda oportunidad.

En estos momentos de crisis económica en los que la más absoluta incertidumbre acucia tanto a particulares como a autónomos, consideramos que la existencia del mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad resulta especialmente importante para librar a aquellas personas que, como nuestro cliente, se han visto lamentablemente desbordadas por el estado de su situación financiera. 

Abogados expertos en Ley de Segunda Oportunidad

Desde el equipo de Ézaro Legal asesoramos a aquellas personas interesadas en solicitar la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad desde la más absoluta profesionalidad para así cerciorarnos del cumplimiento por parte del solicitante de todos los requisitos legalmente previstos para la iniciación de este procedimiento de exoneración del pasivo insatisfecho, requisitos cuyo cumplimiento exige del análisis y estudio de múltiple documentación, de ahí que sea aconsejable la asistencia legal de un profesional del Derecho especializado durante todo momento de la tramitación del procedimiento.

En nuestra página web disponemos de un artículo concreto donde explicamos todas las necesidades que se exigen en este tipo de procedimientos. Puedes consultarlo aquí: https://www.ezarolegal.es/blog/ley-segunda-oportunidad-que-es-requisitos/

La iniciación de este procedimiento habrá de solicitarse ante Notario y, para el caso de autónomos, ante el Registro Mercantil o Cámara de Comercio competente, donde se tratará de alcanzar, en el plazo máximo de dos meses, un Acuerdo Extrajudicial de Pagos con los acreedores. Solo en caso de que no sea posible dicho acuerdo se abrirá la fase de concurso, cuya finalización tiene lugar con el reconocimiento del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho. El hecho de iniciar la Ley de Segunda Oportunidad no implica que no se pueda seguir trabajando y percibiendo una nómina, o seguir desarrollando la actividad profesional o empresarial que veníamos haciendo.

En Ézaro Legal contamos con profesionales expertos en la Ley de Segunda Oportunidad que podrán asesorarte y guiarte durante todo el proceso, velando porque se consiga la exoneración de las deudas y así dar una segunda oportunidad real a nuestros clientes.

FacebookTweetPinLinkedInShares6

Consulta gratuita con un Abogado Especialista

  • Cada día recibimos numerosas consultas de personas interesadas en resolver sus dudas legales. En nuestro Despacho VALORAMOS LA CALIDAD DE NUESTRO TRABAJO POR ENCIMA DE TODO.

    Déjenos su consulta rellenando el formulario a continuación*. Tendrá acceso a una respuesta online, vía email, en la que uno de los especialistas del Despacho le informará sobre la viabilidad de su asunto y hará una breve valoración personalizada de la problemática que nos plantee.

    No dude en contactar con nosotros. Le responderemos en un PLAZO MÁXIMO DE 48 HORAS.**

  • En Ézaro Legal proporcionamos exclusivamente nuestros servicios en España. Te recomendamos acudir a un despacho profesional en tu país, que será experto conocedor de vuestras leyes particulares.
  • *Esta consulta no sustituye a una consulta presencial o virtual mediante videoconferencia, en la que se examinará la documentación del cliente, y un Abogado especializado se reunirá personalmente para tratar a fondo el problema que se haya planteado. Consulte nuestros honorarios si está interesado en que le atendamos de manera personalizada en nuestras oficinas.
    **El plazo de 48 horas fijado para dar respuesta se entenderá en días laborables, no contando fines de semana ni festivos.

Publicado en: Sentencias

Copyright © 2023 · Aviso Legal · Política de Privacidad · Política de Cookies · Condiciones de Compra Mapa Web
Calle Constitución, Numero 5, piso 5ºi, 47001 Valladolid · Telf: 983 077 233 · WhatsApp: 640 209 580

Diseño Web: DespachoTres.com

Web Segura - Comodo SSL Certificate

Utilizamos cookies propias y de terceros para realizar medición de los hábitos de navegación de los usuarios. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar" o configurarlas o rechazar su uso haciendo click AQUÍ.

Política de Privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible.

La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudarnos a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Más información en nuestra política de privacidad.

Cookies técnicas necesarias

Las cookies técnicas necesarias tienen que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies. Básicamente, esta web no funcionará bien si no están activas.

Estas cookies son:

  • Comprobación de inicio de sesión.
  • Cookies de seguridad imprescindibles.
  • Saber si ya has aprobado/rechazado las cookies.
Cookies de Terceros

La web www.ezarolegal.es utiliza las siguientes cookies:

  • Google Analytics: se utiliza para enviar datos a Google Analytics sobre el dispositivo del visitante y su comportamiento en el sitio web de www.ezarolegal.es, de forma anónima. Más información: https://policies.google.com/privacy
  • Facebook: se utiliza para enviar datos a Facebook acerca de las páginas que has visitado y poder mostrarte publicidad personalizada. Más información: https://www.facebook.com/privacy/explanation

Please enable Strictly Necessary Cookies first so that we can save your preferences!

Política de Cookies

Más información en nuestra política de cookies.