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Nueva sentencia en Cádiz, «Aplicando la nota informativa del TS»

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Acerca de Juan Pablo Busto Landín

Juan Pablo Busto Landín es el fundador de Ézaro Legal y está especializado en Derecho Bancario, principalmente Comisión de Apertura, Tarjetas Revolving, Cláusulas Suelo e Hipotecas Multidivisa, y Derecho Procesal » 983 985 723 (ext.1) / juanpablo@ezarolegal.es

Cuando parecía que no quedaba nada por ver en nuestros Juzgados relacionado con la nulidad de las Cláusulas Suelo, y mas concretamente con respecto a las consecuencias de la declaración de dicha nulidad (esto es, la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por el banco), viene el Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Cádiz y nos deja su maravillosa Sentencia 62/15 de 5 de marzo de 2015 (cuya copia nos han facilitado nuestros compañeros de Denunciascolectivas.com).

Os dejamos el extracto en cuestión:

SENTENCIA CADIZ EXTRACTO RETROACTIVIDAD

Como veis, para este Juzgado y a pesar de no contar a la fecha con la Sentencia del TS anunciada en su Nota Informativa, parece que lo señalado en la misma Nota es suficiente para entenderla aplicable y procedente la restitución de cantidades abonadas de más desde el 9 de mayo de 2015.

Eso si, para el interés legal si que resulta de aplicación el 1303 del Código Civil.

Publicado en: Sentencias

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