Complemento de Brecha de Género: la nueva sentencia del TJUE
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El Tribunal de la Justicia de la UE respalda que los hombres podrán cobrar el complemento de brecha de género en las mismas condiciones que las mujeres

El 15 de mayo de 2025, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido la sentencia TJUE 2025 en los asuntos acumulados C-623/23 y C-626/23, marcando un antes y un después en materia de igualdad en la Seguridad Social. El Tribunal declara discriminatoria la normativa española vigente desde el 4 de febrero de 2021, que reconocía automáticamente a las mujeres el complemento brecha de género en sus pensiones contributivas (según el artículo 60 LGSS), pero exigía a los hombres cumplir requisitos adicionales para acceder a este derecho. Esta diferencia suponía una clara discriminación por razón de sexo vulnerando derechos fundamentales. 

¿Qué implica esta sentencia del Tribunal de Justicia de la UE ?

El TJUE concluye que exigir a los hombres demostrar interrupciones laborales, periodos sin cotización o una caída del 15 % en la base de cotización, mientras las mujeres lo reciben automáticamente, constituye discriminación por razón de sexo, contraria a la Directiva 79/7/CEE y al artículo 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Esta decisión refuerza el principio de igualdad de hombres y mujeres y asegura que los padres jubilados tengan los mismos derechos que las madres.

Aunque el complemento pretendía corregir la brecha de género, el Tribunal indica que no se puede justificar una diferencia de trato que exija condiciones distintas según el sexo, pues no se exige prueba del perjuicio profesional a las mujeres. 

Respuesta del Tribunal Supremo al nuevo pronunciamiento de igualdad

El pasado 25 de junio, el Tribunal Supremo dictó sentencia trasladando la doctrina proveniente del TJUE en este sentido, declarando igualmente la discriminación de la norma, lo que abre la puerta a poder reclamar el otorgamiento del complemento de brecha de género a todos los padres jubilados desde el 4 de febrero de 2021.

Esta sentencia elimina las desigualdades existentes hasta el momento y permite reclamar el complemento de pensión en igualdad de condiciones, reforzando los derechos de los hombres pensionistas.

¿Qué supone el complemento de brecha de género para los padres jubilados?

Si eres padre jubilado a partir del 4 de febrero de 2021 y tienes al menos un hijo, puedes reclamar el complemento brecha de género igual que una mujer. Esto abre la puerta a: 

  • Reclamar el pago mensual del complemento con efectos retroactivos desde el hecho causante de la pensión.
  • Incluso se abre la puerta a reclamar indemnizaciones por la discriminación sufrida.

¿Cómo hay que proceder tras esta nueva sentencia del  Tribunal Europeo?

Si tu solicitud fue denegada o no la presentaste por las trabas existentes, ahora puedes iniciar la reclamación del complemento en tu pensión sin necesidad de acreditar requisitos adicionales. 

La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE supone una victoria histórica para la igualdad en la Seguridad Social de los padres jubilados

Los abogados especialistas en pedir el completo de paternidad de Ézaro Legal recordamos que todos los padres jubilados a partir del 4 de febrero de  2021 que tengan al menos un hijo pueden y deben reclamar complemento brecha de género, con las mismas garantías y derechos que las mujeres, así como recordar que pueden seguir reclamando el complemento de paternidad, los hombres jubilados desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021 si tienen dos hijos o más..

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